Estimados clientes y amigos:

Mediante informe técnico de inclusión de sujetos obligados No. UAFEDAE-2022-002-INF de 8 de abril de 2022, sobre los sectores de contadores y abogados, se determinó las actividades y operaciones o transacciones específicas a reportar a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).

En este sentido, mediante Resolución No. UAFE-DG-2022-0129, la UAFE resolvió notificar a los abogados, otros profesionales del derecho y personas jurídicas que ofrecen servicios legales y societarios, con la obligación de reportar a este organismo de control acerca de las operaciones y transacciones relacionadas a las siguientes actividades:

Mientras que, mediante Resolución No. UAFE-DG-2022-0130, la UAFE resolvió notificar a los contadores o personas jurídicas que ofrecen servicios contables, incluyendo la auditoría, con la obligación de reportar a este organismo de control acerca de las operaciones y transacciones relacionadas a las siguientes actividades:

Para lo cual, se deberá remitir la información correspondiente al reporte de operaciones sospechosas (ROS), dentro del término de cuatro días contados desde que el sujeto obligado tenga conocimiento de tales operaciones o transacciones. Al Manual de Generación de Contenidos para el Reporte de Operaciones Sospechosas solamente podrán acceder los sujetos obligados de los que trata esta Resolución, a través del Sistema para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SISLAFT).

Los sujetos obligados que sean personas naturales pueden ser sus propios oficiales de cumplimiento, sin embargo, pueden nombrar a otra persona natural para que ocupe este cargo. Además, deberán presentar los reportes a la UAFE después del plazo de seis meses, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Registro Oficial, pero deberán obtener su respectivo código de registro en la UAFE, en el plazo de cinco meses contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Registro Oficial.

El proceso para obtener el código de registro deberá realizarse en línea, siguiendo para el efecto el procedimiento determinado por la UAFE, previa su respectiva calificación ante el respectivo organismo de control, según corresponda.

Los sujetos obligados dentro del plazo un 1 mes, después del tiempo establecido para obtener el código de registro, deberán registrar al oficial de cumplimiento titular, siendo opcional, contar con un oficial de cumplimiento suplente, para dicho efecto previamente, deberán aprobar la capacitación impartida por la UAFE, previa su respectiva calificación ante el respectivo organismo de control, a fin de proceder con la solicitud de registro en el siguiente link: www.sislaft.gob.ec.

Cualquier duda adicional general o respecto del presente TAX TIME poner bajo nuestro conocimiento para absolverla a la brevedad posible.

MGR-EC MUÑOZ, GUERRA & ROBLES CONSULTORES Y AUDITORES

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *