El Ministerio del Trabajo expidió el Acuerdo Ministerial MDT-2026-046, que reforma la organización de turnos, jornadas especiales y la aplicación de horas suplementarias y extraordinarias en Ecuador.
1. TURNOS ESPECIALES SUJETOS A AUTORIZACIÓN PREVIA
Requieren autorización los turnos que superen cinco días consecutivos de trabajo con descansos acumulados, o menos de cinco días consecutivos con menos de dos días de descanso.
2. JORNADAS DE HASTA 12 HORAS DIARIAS
Se permiten hasta 12 horas diarias en casos autorizados y compensados con días adicionales de descanso.
3. JORNADA LABORAL EFICIENTE
Se permite distribuir las 40 horas semanales en jornadas de hasta 10 horas diarias dentro de cinco días laborales.
4. HORAS SUPLEMENTARIAS Y EXTRAORDINARIAS
Se mantienen los recargos del artículo 55 del Código del Trabajo.
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