El 01 de marzo de 2025, mediante Boletín No. NAC-COM-25-010, el SRI informó la ampliación de plazos para obligaciones tributarias en provincias afectadas por la lluvia.

Debido a la emergencia causada por la temporada de lluvias, el Servicio de Rentas Internas (SRI), mediante la Resolución Nro. NAC-DGERCGC25-00000005, extendió hasta abril de 2025 el plazo para que los contribuyentes con domicilio en Guayas, Los Ríos, Manabí, El Oro, Esmeraldas, Santa Elena, Loja y Azuay presenten, de forma excepcional, las declaraciones del IVA y las retenciones en la fuente correspondientes a enero de 2025, sin multas, recargos ni intereses, de acuerdo con el siguiente cuadro:

Noveno dígito de cédula o RUCVencimiento (hasta el día)
111 de abril
213 de abril
315 de abril
417 de abril
519 de abril
621 de abril
723 de abril
825 de abril
927 de abril
029 de abril

Asimismo, la resolución establece que, de manera excepcional, las instituciones del Estado, las empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas y los contribuyentes especiales con domicilio en las provincias mencionadas podrán presentar la declaración del IVA y las retenciones en la fuente de enero de 2025 hasta abril de ese mismo año, sin multas, recargos ni intereses, de acuerdo con este detalle:

Clase de contribuyenteVencimiento (hasta el día)
Contribuyente especial11 de abril
Instituciones y empresas públicas21 de abril

Si la fecha de vencimiento coincide con días de descanso obligatorio o feriados, se trasladará al siguiente día hábil, salvo que esto implique cambiar de mes, en cuyo caso se adelantará al último día hábil del mes correspondiente.

Los pagos previos a las fechas establecidas en esta resolución, por multas e intereses, no serán reembolsados.

Si tiene alguna consulta adicional sobre este TAX TIME, estamos a su disposición.

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