El 26 de marzo de 2025, mediante Resolución No. 08-2025, el Pleno de la Corte Nacional de Justicia aprobó de manera unánime el Precedente Jurisprudencial Obligatorio, respecto de la caducidad de la facultad de determinación complementaria de la administración tributaria.
Según esta resolución, la Administración Tributaria tendrá la facultad de iniciar una determinación complementaria dentro de un reclamo administrativo contra un acto de determinación en el plazo de un año desde la notificación de la determinación original siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 131 del Código Tributario.
En caso de que la Administración Tributaria emita una orden de determinación complementaria dentro de este periodo, pero con menos de un año restante antes de la caducidad de la facultad, dicho plazo se interrumpirá, extendiéndose por un máximo de un año a partir de la fecha de notificación de la orden de determinación complementaria.
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